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NO SE PUDO ACREDITAR QUE HECTOR LLAITUL ESTUVIERA EN EL LUGAR DE LOS HECHOS

>> jueves, 13 de enero de 2011

Las tres razones que desacreditaron la prueba "clave" de la Fiscalia, despues del contrainterrogatorio de la Defensa:

1) Las escuchas telefonicas presentadas al Tribunal por la testigo de la PDI, Valeria  Muñoz, a quien se le dio como "blanco" a Hector LLaitul, resultaron ser conversaciones triviales con dos personas, que en ningun caso constituyen prueba,  puesto  que ninguna de estas otras personas fueron procesadas, es decir, ¿puede una prueba servir solo para condenar a una persona y a las otras no?, evidentemente que no.

2) La testigo de la PDI sostuvo que se hizo cargo de las escuchas solo a partir de Enero del año 2009, en cirscunstancias que las "escuchas telefonicas" exibidas eran, supuestamente, del año 2008. La testigo declaro ante el Tribunal que, en el año 2009, se le hicieron llegar discos y planillas excel. Respondiendo  a la pregunta de la Defensa, indico que nunca recibió los Master originales, reconociendo que estos pudieron haber sido manipulados y modificados por terceros, en cuanto a hora, fecha, lugar y contenido.

Quedo establecido que varias de esas llamadas fueron realizadas en las cercanías de Temuco, y que no  tienen nada que ver con los hechos que la Fiscalía pretende acreditar como delito, a través,  de las interpretaciones que la testigo hace de las escuchas. Esas llamadas habrían sido captadas por otras antenas de celular, por lo que se concluye que en las planillas excel fueron BORRADAS.

De hecho, se habla de una escuela ubicada en las cercanias de Chol Chol, en cirscunstancias en que Hector Llaitul se dirigía junto a otros comuneros a un encuentro de palin en una comunidad, sin embargo, la interpretacion que hace la testigo de la PDI señala que quienes hablan se refieren a la escuela de Choque y se dirigían a extraer madera al Fundo La Puntilla.

3) Por último, NO SE PUDO ACREDITAR que la llamada clave que "condena a Hector LLaitul" como lo ha señalado el Diario El Mercurio y otros medios oficiales, haya sido realizada desde el lugar de la supuesta emboscada.

Desde Cañete Wichan

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Situación de los presos políticos mapuche acusados por ley antiterrorista: Juicio en Cañete (Provincia de Arauco, Región del Bio Bio)

>> miércoles, 12 de enero de 2011

Contexto:

Hace casi una década, el Estado chileno comenzó a utilizar la ley antiterrorista -creada en la dictadura de Pinochet- para hacer frente a las legítimas reivindicaciones del pueblo mapuche. Actualmente se realiza desde el 8 de noviembre en la ciudad de Cañete un juicio en contra 17 miembros de comunidades, los que han mantenido distintos procesos de recuperación territorial en la zona del lago Lleu Lleu.

Los conflictos territoriales se han profundizado en los últimas décadas, principalmente, por la expansión forestal sobre territorio ancestral mapuche (al igual que en muchas otras zonas) lo que ha generado graves consecuencias ambientales, económicas y socioculturales a las comunidades.  Dicha expansión responde a las políticas económicas implementadas por la dictadura militar, y profundizada en los últimos 20 años, a través de subsidios estatales a plantaciones de monocultivo que beneficia a los conglomerados empresariales más importantes de Chile. La zona del lago Lleu Lleu, además, constituye una zona de grandes intereses económicos, no sólo forestales; sino también de inversiones turísticas, así como proyectos mineros, que amenazan la existencia misma de las comunidades y que la movilización mapuche intenta resistir legítimamente. 

¿Quiénes son los presos políticos mapuche enjuiciados en Cañete?

Son luchadores sociales del pueblo mapuche que reivindican su territorio ancestral del cual han sido despojados históricamente.

Hace algunas semanas atrás, estos mismos comuneros junto a otros presos políticos mapuche, que se encontraban en las diferentes cárceles del sur de Chile, protagonizaron una huelga de hambre que se mantuvo por más de 80 días. Las demandas fueron, principalmente; la no aplicación de la Ley Antiterrorista, no a la Justicia Militar, y la no utilización de “testigos secretos” como medios de prueba. Es decir; la posibilidad de enfrentar un juicio justo.

A pesar de que el gobierno chileno retiró las querellas por ley antiterrorista en los procesos seguidos contra miembros del pueblo mapuche (como uno de los resultados de la huelga), el Ministerio Público -órgano que tiene la potestad punitiva en Chile- no recalificó los delitos, continuando la aplicación de la cuestionada ley. Algunos de los delitos imputados en este juicio son: amenaza terrorista, incendio terrorista, emboscada, asociación ilícita terrorista, etc.

¿Qué implicaciones ha tenido la ley antiterrorista (18.314) en los presos políticos enjuiciados en Cañete?

La ley antiterrorista otorga facultades especiales para investigar “delitos terroristas”, lo que para el pueblo mapuche no ha significado otra cosa que: arbitrariedades, faltas de garantías y violaciones al debido proceso. Situación que ha sido persistentemente constatada por organismos de DDHH internacionales. En el caso de los 17 imputados en Cañete, éstas se traducen en:

• SECRETO DE LA INVESTIGACIÓN, imposibilitando el derecho a la defensa durante gran parte del proceso.
• 1 AÑO Y 8 MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA, a la fecha.
• 36 TESTIGOS “SIN ROSTRO” O SECRETOS, como medios de prueba.
• CONDENAS MAYORES QUE LAS CONTEMPLADAS EN LA LEY PENAL COMÚN, que en este caso van desde 50 años hasta más de 100 años.

Además, el procesamiento a través de Ley Antiterrorista ha traído consigo una serie de prácticas violentas, violatorias de los derechos humanos, tales como; torturas, presiones indebidas, hostigamiento a familiares, secuestros, etc., las cuales se han tornado rutinarias al interior de las comunidades mapuche.

 ¿Qué significa el doble juzgamiento al que están sometidos algunos de los presos políticos mapuche?

La aberración jurídica más grande la constituye el doble juzgamiento al que están sometidos cinco presos políticos mapuche, de los 17, quienes por un mismo hecho fueron procesados por la justicia civil y militar al mismo tiempo. Otra de las denuncias planteadas durante la huelga de hambre.
El día 16 de diciembre de 2010, el Juzgado Militar de Valdivia resolvió absolver por no encontrar acreditados los hechos (delitos que dan sustento a la acusación terrorista) a los 5 imputados en este proceso. Sin embargo, la Fiscalía Militar de Concepción apeló a dicha resolución por lo que el procesamiento continúa.

Cabe destacar que con la entrada en vigencia la ley 20.477 (30 de diciembre 2010) – que modifica la competencia de los tribunales militares- la cual es fruto de la lucha de los presos políticos mapuche en huelga de hambre, ahora, luego de la apelación de la Fiscalía Militar el proceso seguirá su tramitación ante la Corte de Apelaciones de Concepción. Mientras que, paralelamente, se desarrolla el juicio oral en la ciudad de Cañete.

Las penas solicitadas a los 5 procesados tanto por justicia civil como militar son:

NOMBRE 
JUSTICIA CIVIL
JUSTICIA MILITAR
Héctor Llaitul Carrillanca
103 años
25 años
Ramón Llanquileo Pilquiman
65 años
11 años
José Huenuche Reiman
52 años
11 años
Luis Menares Chanilao
52 años
11 años
Jonathan Huillical Mendez
52 años
11 años

Frente al difícil escenario en que se encuentran los presos políticos mapuche, sus familiares han solicitado, a la comunidad nacional e internacional, acciones urgentes que puedan consistir en:

  • PRESENCIA DE OBSERVADORES Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN ALTERNATIVOS durante la etapa final del juicio (*) que está en desarrollo, especialmente en la entrega de pruebas de la Defensa de los comuneros y alegatos de clausura (**), que se efectuarán durante la última semana del mes de enero aproximadamente,  EN EL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL DE CAÑETE. Esta es una instancia fundamental en la cual se definirá el futuro judicial de los presos políticos mapuche; presenciarla permitirá examinar en terreno la situación de discriminación y desigualdad de condiciones en la que se encuentra el pueblo mapuche frente a la maquinaria estatal desplegada para su criminalización.  
  • ADHESIONES Y/O PRONUNCIAMIENTOS sobre la situación de vulneración de derechos en la que se encuentra el pueblo mapuche frente a la aplicación de legislaciones de excepción.
  • MANIFESTACIONES Y CARTAS A LAS EMBAJADAS DE CHILE en el mundo expresando el repudio a la utilización de la ley antiterrorista para que el Gobierno tome conocimiento del cuestionamiento a nivel internacional sobre el tratamiento que le da a los pueblos originarios.

* La Defensa legal de los presos políticos mapuche comenzarían a partir del lunes 17 de enero.
** El alegato de clausura es la oportunidad  en que las partes  analizan la prueba rendida en función de  sus respectivas pretensiones. El Fiscal analizará la prueba para dar por acreditado que existió un hecho ilícito, que ese hecho ilícito es calificado como un delito terrorista y que en la ejecución  de ese hecho ilícito terrorista participaron los imputados como autores cómplices o   encubridores, todo ello mas allá de toda duda razonables, esto quiere decir que los antecedentes o pruebas rendidas son capaces para producir convicción en los jueces. La fecha exacta de los Alegatos de Clausura será confirmada en los próximos días.

Para mayores informaciones:
http://wichaninfoaldia.blogspot.com

Contactos:
+Natividad Llanquileo Pilquiman
Correo electrónico: nllanquileo@gmail.com
Fono:569 - 62 32 59 21
Lov Choque

+Pamela Pessoa
Correo electrónico: pessoapam68@gmail.com
Fono: 569- 68 26 99 78
Cañete
+Gladi Huenuman Liencura
Fono :569 - 84633589
Lov Choque

+Olga Viluñir Aguayo
Fono: 569- 85 35 67 12
Comunidad Pascual Coña

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"FUENTES CONFIABLES INSERTAS EN LA COMUNIDAD"

>> lunes, 10 de enero de 2011

Familiares durante el juicio en los 
Tribunales de Cañete .
La presentación del testigo del Ministerio publico Capitán Marcelo Sáez, Jefe de la Unidad de Inteligencia Regional, develó importante información de la forma en la cual esta unidad de inteligencia infiltraba las comunidades y obtenía información, para este trabajo ellos cuentan con lo que denominan "Fuentes Confiables Insertas en la Comunidad". Además señaló "nosotros visitamos a mucha gente que pueden ser mapuche o no mapuche, damos charlas en la escuelas, etc." Acá relataremos parte del interrogatorio realizado por la Defensa:



Caso Santos Jorquera

Defensa: ¿Usted conoce los hechos que se le imputan a Santos Jorquera por violaciones a los derechos humanos?
Sáez    : Lo supe por rumores

Defensa: ¿Quien lo eligió como informante?
Sáez    : Yo lo elegí

Caso Menor de edad

Fiscal Andrés Cruz
Según el Fiscal Cruz y sus equipos investigativos los "testigos secretos A y B" declararon "voluntariamente"  de a lo menos cuatro hechos. Desde la quema del Campamento Ranquilhue en 2005 hasta cabañas en el 2008. El "testigo secreto A" tenia 13 años en el año 2005.

Defensa: ¿El "testigo secreto A”, en su última declaración en Enero del 2010, usted sabia que era menor de  edad?
Sáez   : No recuerdo su edad

Defensa: Usted sabe que el "testigo secreto A", tenía 13 años cuando ocurrieron los hechos de Ranquilhue (quema de campamento).
Sáez   : No lo recuerdo

Defensa: ¿Usted sabe que la responsabilidad penal comienza a los 14 años?
Sáez   : Sí, lo sé.

Defensa: ¿Usted sabe porqué se definió esa edad?
Sáez     : Por que a esa edad se tiene discernimiento........

El "testigo A" señala haber participado en una reunión para planificar una "quemas" en la cual estaba Héctor Llaitul.


Defensa: ¿El "testigo A" señaló donde conoció a Héctor LLaitul?
Sáez      : No se le preguntó.


Defensa: ¿Pero usted sabe que H. Llaitul no es originario de la zona?
Sáez     : Lo sé

Defensa: ¿Entonces, como lo conoce?
Sáez     : Viven cerca

Defensa: ¿Usted sabe que H. LLaitul llegó a dicha zona el segundo semestre del año 2008 y antes estaba detenido?
Sáez     :



Defensa: ¿Entonces, de donde lo conocía?
Saez    : Viven cerca...



Defensa: Entonces, ¿En base a las declaraciones del "testigo secreto A" se detuvo a todas estas personas que están hoy en este tribunal?
Sáez: Así lo determinó el Ministerio Público...

Caso Escuela

Abogado querellante Gobierno
Defensa: ¿Usted conoció de la detención de dos personas en una escuela del sector de Lleu Lleu a quienes se les incautaron armas, municiones, grabaciones y panfletos? ¿Porqué estas personas no están siendo procesadas?
Sáez: Lo desconozco, no es mi responsabilidad.

Defensa: ¿Recuerda que los panfletos encontrados en la escuela (billetera) eran idénticos a los encontrados en alguna de las cabañas siniestradas?
Sáez   :



Defensa: ¿"Testigo protegido" es el nombre que el Ministerio Publico da a un ex imputado?...

Fiscal Cruz: ¡¡¡ OBJECIÓN SU SEÑORIA!!!


INTERROGATORIO A  "TESTIGO SECRETO”: EL AYER  IMPUTADO JAVIER NAVARRO JORQUERA.

De Imputado a testigo secreto, en la imagen
entregando declaraciones en los Tribunales
 de Cañete.
Durante el interrogatorio, en múltiples ocasiones, el Fiscal Cruz entrega a través de su pregunta las respuestas que debe decir el "testigo secreto"...quien viste una casaca roja del Gobierno de Chile (ver foto).

Fiscal: ¿Que información tiene usted sobre la sustracción de madera?

T.S.  : " Yo vi como sustraían madera"...


Fiscal Cruz: ¿Sabe si usaban algún tipo de armamento?
Defensa     : Objeta por sugerir al "testigo secreto" el uso de armas.

Fiscal Cruz: ¿estas personas que portaban escopetas, que tenían que ver con las que sacaban madera?
Defensa: Objeción, el fiscal contamina la información.

Jueces: Acogen ambas  la objeciones...

Defensa: ¿Usted recuerda que señaló en esta Audiencia que nunca había concurrido a sacar madera?
T.S.       :



Defensa: ¿Pero en otra declaración, usted declaró ante el Ministerio Público que sí sacaba madera?
T.S.       : Sí lo dije

Defensa: ¿Recuerda que también la vendía?
T.S.       :

Defensa: ¿Sabe usted que sustraer y vender madera de un lugar que no es suyo es un delito?
T.S.     :

Defensa: ¿Usted ha estado privado de libertad alguna vez?

Fiscal Cruz: ¡¡¡ OBJECIÓN!!! La pregunta es una forma de revelar la identidad del testigo...

Defensa: Su señoría, existen miles de personas privadas de libertad en Chile

Jueces: NO DAN A LUGAR A OBJECIÓN DE FISCAL CRUZ

T.S.  : Sí...

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Adolfo Pérez Esquivel, premio Nobel de la Paz, manifiesta su solidaridad con los Presos Políticos Mapuche

En su Carta de Adhesión y Solidaridad a los PPM, manifiesta; “La lucha que ustedes vienen llevando en defensa de su territorio y de sus bienes comunes naturales, ha sido un ejemplo de movilización con dignidad, lamentablemente los intereses y proyectos económicos en juego son muchos y diversos, y por lo que sabemos se aplican a toda nuestra querida Abya Yala y especialmente en los territorios indígenas”. Con respecto a la situación de los PPM que están siendo procesados en los Tribunales de Cañete, en la Carta que fue enviada a la Embajada de Chile en Argentina, expresó; “Considero, señor Embajador, que lamentablemente  éste es un ejemplo, que merece el repudio internacional, ya que con la aplicación de esta ley antiterrorista a las protestas indígenas, se está violando el derecho internacional que ampara su integridad física y territorial; además de ganarse la oposición de todos aquellos que luchamos por un mundo mejor y por la defensa del Medio Ambiente y los derechos de la Madre Tierra” . Agregando; “Apelamos una vez más a la justicia y al respeto de los derechos humanos de todas las personas, esperando que la República de Chile, pueda dar pasos concretos hacia el reconocimiento de una  real igualdad en la diversidad”





Referencia Biografía

Adolfo Pérez Esquivel, es arquitecto de profesión, se desempeñó como docente por más de 20 años. En 1971 comenzó a involucrarse en distintas organizaciones y movimiento que promovían las paz y la justicia social. Fundando, en el año 1973, el diario Paz y Justicia, plataforma comunicacional del movimiento pacifista y en defensa de los derechos humanos, principalmente en Latinoamérica. A mediados de loa años 70 comienza a viajar por el continente, diseñando programas de ayuda y desarrollo para los pueblos originarios y obreros. Durante su prisión (1977-1978) en la dictadura de Videla, se le otorga Premio Memorial de Paz Juan XXIII otorgado por la Pax Cristi Internacional. En 1980 se le concedió el Premio Nobel de la Paz por su lucha en favor de los Derechos Humanos y al poco tiempo fue designado miembro del comité ejecutivo de la Asamblea Permanente de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos.

Ha apoyado un sin número de misiones internacionales, como "Barco por la Paz a Nicaragua", "Barco por la Solidaridad a Polonia" y campañas de resolución de conflictos en Sudáfrica, Afganistán, Oriente Medio y Tíbet, etc.

Actualidad, dedica su tiempo a la Fundación Servicio, Paz y Justicia (SERPAJ) y al Proyecto Aldea Niños para la Paz que atiende a numerosos menores en estado de riesgo social.

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RECUPERAR NUESTRAS TIERRAS NO ES DELINCUENCIA RESISTENCIA Y AUTODEFENSA NO ES TERRORISMO

"En tanto, que para los presos políticos mapuche, imputados en este Juicio, se trata de un proceso de recuperación de tierras y reivindicaciones históricas del Pueblo Nación Mapuche, en el cual se desarrollaron ejercicios básicos y necesarios de auto defensa en el marco de la resistencia de las comunidades mapuche, en resguardo de sus derechos fundamentales"

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