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TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CAÑETE DICTA VEREDICTO EN JUICIO CONTRA MIEMBROS DE LA CAM

>> lunes, 28 de febrero de 2011


El Tribunal Oral en lo Penal de Cañete dictó veredicto en la investigación por diversos delitos atribuidos a integrantes de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM),  y que corresponden a hechos ocurridos entre 2008 y 2009.

Los jueces Jorge Díaz Rojas,  Paola Schisano Pérez  y Carlos Muñoz Iturriaga determinaron en el denominado “Hecho A.1” (el delito de robo con intimidación, cometido el 15 de octubre de 2008, en Tirúa) condenar,  por decisión de mayoría,  a los acusados Héctor Javier LLaitul Carrillanca, Ramón Esteban Llanquileo Pilquimán, José Santiago Huenuche Reiman y Jonathan Sady Huillical Méndez. Además, por decisión unánime, absolver a los acusados Víctor Llanquileo Pilquimán, Luis Guillermo Menares Chanilao, César Eduardo Parra Leiva, Juan Carlos Parra Leiva y Nolberto Fidel Parra Leiva.

Asimismo, en el denominado “Hecho A.2” (el delito de homicidio frustrado del fiscal adjunto del Ministerio Público Mario Elgueta y lesiones graves a personal de la PDI, ocurrido el 16 de octubre de 2008), por decisión de mayoría, el tribunal condenó a los acusados Héctor Javier LLaitul Carrillanca, Ramón Esteban Llanquileo Pilquimán, José Santiago Huenuche Reiman y Jonathan Sady Huillical Méndez. Y absolver, por decisión unánime,  a los acusados Víctor Adelino Llanquileo Pilquiman, Luis Guillermo Menares Chanilao, Juan Carlos Parra Leiva y Carlos Andrés Muñoz Huenuman.

Con relación a los hechos asignados como B.1, B.2, B.3, B.4, B.5, B.6 –que corresponden a diversos delitos de incendio cometidos entre noviembre de 2008 y agosto de 2009- se determinó, por decisión unánime:

-Absolver a los acusados Héctor Javier Llaitul Carrillanca, Marco Mauricio Millanao Mariñán y César Parra Leiva, de los cargos formulados por los delitos de Incendio Terrorista, cometidos el 10 de noviembre de 2008..

-Absolver a los acusados Marco Mauricio Millanao Mariñán, Eduardo César Painemil Peña y Simón Eras Millas Paillán, de los cargos formulados por los delitos de  Incendios Terroristas, cometidos el 12 de abril de 2009.

-Absolver a los acusados Marco Mauricio Millanao Mariñán, Eduardo César Painemil Peña y Simón Eras Millas Paillán, de los cargos formulados por el delito de Incendio Terrorista, cometido el 30 de mayo de 2009.

-Absolver a los acusados Marco Mauricio Millanao Mariñán y Jorge Andrés Santi Leal, de los cargos formulados  por el delito de Incendio, cometido el 8 de agosto de 2009.

-Absolver a los acusados Marco Mauricio Millanao Mariñán, Eduardo César Painemil Peña y Simón Eras Millas Paillán, de los cargos formulados por el delito de Incendio Terrorista, cometido el 9 de agosto de 2009.

-Absolver a los acusados Marco Mauricio Millanao Mariñán, Eduardo César Painemil Peña, Simón Eras Millas Paillán y Jorge Andrés Santi Leal, de los cargos formulados por el delito de Incendio Terrorista, cometido el 9 de agosto de 2009.

En cuanto al hecho C, esto es las acusaciones por asociación ilícita terrorista y asociación ilícita para el robo y hurto de madera, se determinó, en decisión unanime:

-Absolver a los acusados Héctor Javier Llaitul Carrillanca, Ramón Esteban Llanquileo Pilquimán, Marcos Mauricio Millanao Mariñán, Víctor Adelino Llanquileo Pilquimán, Luis Guillermo Menares Chanilao, Jonathan Sady Huillical Méndez, José Santiago Huenuche Reiman, César Eduardo Parra Leiva, César Eduardo Painemil Peña, Jorge Andrés Santi Leal y Simón Eras Millas Paillán, de los cargos que les fueron formulados por el delito de asociación ilícita terrorista, y

-Absolver a los acusados Héctor Javier Llaitul Carrillanca, Ramón Esteban Llanquileo Pilquimán, Víctor Adelino Llanquileo Pilquimán, Luis Guillermo Menares Chanilao, Jonathan Sady Huillical Méndez, José Santiago Huenuche Reiman, César Eduardo Parra Leiva, Nolberto Fidel Parra Leiva, Juan Carlos Parra Leiva, Leonel Alejandro Carilao Liencura, Juan Manuel Muñoz Huenumán, Carlos Andrés Muñoz Huenumán y Segundo Ambrosio Ñeguey Ñeguey, de los cargos de asociación ilícita para el robo y hurto de madera.

La audiencia de comunicación de sentencia se fijó para el martes 22 de marzo de 2011, a las 12:00 horas, en dependencias del mismo tribunal. La sentencia será redactada por el juez Carlos Muñoz Iturriaga.

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"En tanto, que para los presos políticos mapuche, imputados en este Juicio, se trata de un proceso de recuperación de tierras y reivindicaciones históricas del Pueblo Nación Mapuche, en el cual se desarrollaron ejercicios básicos y necesarios de auto defensa en el marco de la resistencia de las comunidades mapuche, en resguardo de sus derechos fundamentales"

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