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Fallo absolutorio de Justicia Militar descarta testimonio de testigos protegidos en caso mapuche

>> jueves, 23 de diciembre de 2010


La Justicia Militar concluyó que la utilización de testigos protegidos y los medios de prueba en el denominado ataque a la comitiva del fiscal Mario Elgueta en Tirúa son insuficientes para condenar a los presos mapuche. Esta conclusión es parte del fallo que absolvió a 5 comuneros y al que La Radio tuvo acceso.
La semana pasada, el Tercer Tribunal Militar de Valdivia dictaminó absolver de los cargos de maltrato de obra a carabineros de servicio y daños a vehículos policiales, a los 5 procesados Ramón Llanquileo, José Huenuche, Luis Menares, Jonathan Huillical y Héctor Llaitúl.

Recordemos que la justicia militar investiga los hechos de octubre del año 2008 en los que concierne a las lesiones que sufrieron 2 carabineros que acompañaban al fiscal Mario Elgueta en sus respectivos vehículos.
Entre los argumentos del Juez Militar, Coronel Rubén Madrid, las declaraciones de los acusados no constituyen un reconocimiento de participación en los hechos y los medios de prueba incorporados al proceso no reúnen la fuerza probatoria. Todos los antecedentes que llegaron a su poder tras la acusación entregada por el Fiscal Militar de Concepción, Fernándo Grandón.
Añade que el único antecedente inculpatorio es un testigo protegido que asegura haber estado al momento de los hechos, testimonio que por sí sólo no basta para dictar una condena, más aún cuando los sargentos de carabineros que resultaron heridos, no reconocieron a ninguno de los procesados, declarando que en la oscuridad de la madrugada les fue imposible identificar a alguien.
También destaca que no se encontrarán armas en el sitio del suceso, ni luego en los allanamientos.
El fallo añade que si no tienen certeza de la participación de los 5 procesados, menos se desprende quién disparó contra los uniformados. El dictamen concluye que no puede haber fallo condenatorio con estos antecedentes, ya que podría desvirtuarse la presunción de inocencia de los mapuche.

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RECUPERAR NUESTRAS TIERRAS NO ES DELINCUENCIA RESISTENCIA Y AUTODEFENSA NO ES TERRORISMO

"En tanto, que para los presos políticos mapuche, imputados en este Juicio, se trata de un proceso de recuperación de tierras y reivindicaciones históricas del Pueblo Nación Mapuche, en el cual se desarrollaron ejercicios básicos y necesarios de auto defensa en el marco de la resistencia de las comunidades mapuche, en resguardo de sus derechos fundamentales"

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