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Desarrollo del juicio en la ciudad de Cañete

>> jueves, 18 de noviembre de 2010

17 Noviembre, 2010


Marta Guerra (A.L): "Estamos viviendo el desarrollo de un caso judicial inédito en nuestro país, la Fiscalía intenta demostrar la participación 18 comuneros mapuche, bajo la figura de Asociación ilícita terrorista, acusados del ataque al fiscal Mario Elgueta, ocurrido en octubre de 2008 en Puerto Choque, cerca de Tirúa en la VIII Región, en donde afortunadamente no hubo víctimas que lamentar. La mayoría de los fundamentos de la acusación se basan en declaraciones de más de 100 funcionarios de Carabineros, de la PDI y de 36 testigos sin rostro".

Desarrollo del juicio en la ciudad de Cañete
Por: Marta Guerra M.


 
¿Qué dirá la Justicia finalmente en este caso?
Las penas que pidió la Fiscalía para este grupo van desde 102 años para uno, 70 para otros, 60, 45 y 30 para otros.
Muy distinto a lo solicitado por el fiscal militar que pidió 15 años de cárcel para el carabinero que mató a Jaime Mendoza Collío (2009). Recordemos que el policía, miembro del Gope, Miguel Jara Muñoz, disparó por la espalda a Mendoza Collío, quien fue acusado de violencia innecesaria con resultado de muerte. A pesar que la PDI logró acreditar un montaje realizado por Carabineros para encubrir el crimen.
Otro caso es el del Carabinero Walter Ramírez, que asesinó a Matías Catrileo (2008). La Corte Marcial lo condenó a tres años y un día de libertad vigilada. En el fallo le rebajaron a dos las atenuantes a favor del uniformado y se mantuvo la tipificación de violencia innecesaria con resultado de muerte.
Por otro lado la Corte Marcial otorgó la libertad provisional al comunero mapuche Héctor Llaitul Carrilanca, uno de los procesados en este caso. De cualquier manera esto no indica nada, considerando que la reforma a la Ley, los tribunales militares no pueden juzgar a civiles, por lo tanto, no implica cambios en el proceso.
Al parecer las altas penas solicitadas por el Ministerio Público tienen un objetivo que va más allá de la justicia, es posible que se quiera para estos 18 comuneros condenas ejemplificadoras que desincentiven la movilización por demandas territoriales.

En el juicio
Según Fernando Lira, presidente de Liberar “La fiscalía se presenta al juicio con bajos estándares de prueba, buscando impresionar al Tribunal de Cañete con un desfile de testigos y peritos, con enormes expedientes y supuestas evidencias condenatorias, intentando justificar los dos años de investigación y los millonarios recursos gastados”.
Los defensores de derechos humanos están preocupados por el accionar del Ministerio Público, quien a través de sus fiscales han usado la Ley como medida extrema, como es el caso de la Ley Antiterrorista “es una extrema interpretación de la última ratio, es decir, que es utilizable como último recurso en situaciones de anormalidad por conductas atentatorias en contra del Estado de Derecho. Extrema porque es más discriminadora por el endurecimientos de los derechos procesales en perjuicio de los imputados”.
Para beneficio de algunos procesados los jueces en muchos juicios anteriores han tenido que poner orden y corregido las débiles pruebas presentadas, así ha sucedido anteriormente con Héctor Llaitul y Roberto Painemil en el 2006, donde después de un año y medio de detención se les deja en libertad, declarándolos inocentes. Sucedió con el juicio en contra de Elena Varela, Kenny Sánchez y Sergio Reyes quienes quedaron en libertad luego de dos años de prisión, por orden del Tribunal de Villarrica por falta de pruebas condenatorias. Está, también, el caso de Luis Tralcal Quidel, que ha sido acusado de innumerables delitos, pero finalmente lo han absuelto de los cargos que se le imputaban, debido a que la Fiscalía no entregó pruebas que lo inculparan. Sin embargo, en el caso que se lleva hoy en ciudad de Cañete, la constitución del Tribunal Oral, está compuesto por tres jueces a cargo del proceso, dos de ellos anteriormente han condenado a mapuches mostrando una actitud premeditada en contra de estos, obstaculizando el trabajo de la Defensa. Este hecho ha sido cuestionado por los abogados defensores, quienes solicitaron la inhabilitación de estos Jueces.

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RECUPERAR NUESTRAS TIERRAS NO ES DELINCUENCIA RESISTENCIA Y AUTODEFENSA NO ES TERRORISMO

"En tanto, que para los presos políticos mapuche, imputados en este Juicio, se trata de un proceso de recuperación de tierras y reivindicaciones históricas del Pueblo Nación Mapuche, en el cual se desarrollaron ejercicios básicos y necesarios de auto defensa en el marco de la resistencia de las comunidades mapuche, en resguardo de sus derechos fundamentales"

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